lunes, 24 de septiembre de 2007

Comité nº 2

ACTA DEL Juez Único de Competición, nº 2 de fecha 24 de septiembre de 2007

Procedimiento de Urgencia Jornada 3ª

En Almendralejo, a 24 de septiembre de 2007, el Juez Único de Competición de la A.F.S.A., adopta los siguientes acuerdos en base a las actas de los partidos referenciados, en cumplimiento de la Normativa de Competición, declarando como hechos probados los que contienen las actas correspondientes a los partidos citados e imponiendo las sanciones a los jugadores que a continuación se relacionan, en cumplimiento de la vigente Normativa y de conformidad con los artículos que para cada uno de ellos se especifica.

LIGA A.F.S.A. 1ª DIVISIÓN

LAR DE BARROS/DISTRIBUCIONES BOMBA – BAR CASA MANOLO/PROAL
Sancionar con SEIS PARTIDOS al jugador D. Manuel González Domínguez del equipo Bar Casa Manolo/Proal, según artículo 114 a., advirtiéndole que de reincidir nuevamente en una falta contemplada en el artículo 120 del Régimen Disciplinario, quedará inhabilitado para la práctica de cualquier actividad deportiva organizada por la A.F.S.A., de dos años a perpetuidad, con equipos pertenecientes a A.F.S.A. o en su defecto con cualquier equipo foráneo que de alguna forma participe en cualquier competición organizada por la A.F.S.A.


LIGA A.F.S.A. 2ª DIVISIÓN

HOTEL DIANA VILLAFRANCA – ESTANCO AVENIDA DE LA PAZ

Sancionar con UN PARTIDO al jugador D. Joaquín Jiménez Rama del equipo Estanco Avenida de la Paz, según artículo 112 d.

Sancionar con DOS PARTIDOS al jugador D. Iván García del Puerto del equipo Hotel Diana Villafranca, según artículo 113 b.

Sancionar con UN PARTIDO al jugador D. Tomás Bote Viera del equipo Hotel Diana Villafranca, según artículo 112 c.

Notifíquese a los interesados mediante notificación en el Tablón de anuncios de la A.F.S.A., conforme a lo previsto en la Normativa de Competición, con la advertencia de que contra las resoluciones del JuezÚnico de Competición cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación de la A.F.S.A., en virtud del artículo 153 del Régimen Disciplinario.


JUEZ ÚNICO DE COMPETICIÓN A.F.S.A.

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