miércoles, 26 de septiembre de 2007

Hazte socio


Los dos equipos de nuestra localidad, que militan en la 1ª División B Nacional Grupo 23 de Fútbol Sala, han comenzado su campaña para la captación de socios, una campaña que tiene la peculiaridad de hacerse en conjunto, es decir que tanto el F.S. Almendralejo como la A.D. Almendralejo, han establecido el mismo carnet de asociado para los dos equipos, por lo que aquella persona que lo adquiera podrá con el mismo presenciar los encuentros que disputen los dos equipos.

Nos parece muy acertada esta idea que pretende hacer el mayor número de socios, y que supone un primer paso para llevar el Fútbol Sala de Almendralejo hacia cotas más altas a nivel competitivo.
Por ello tu apoyo es fundamental.

El carnet de Asociado tendrá un precio único de 20 euros, y como hemos dicho anteriormente, con el mismo se podrán presenciar los encuentros de los dos equipos almendralejenses.

Para hacerte socio, pásate por la Cafetería Polideportivo.

HAZTE SOCIO

¡¡¡AHORA ES EL MOMENTO!!!

¡¡¡JUNTOS PODEMOS!!!

COLABORA CON EL F.S.ALMENDRALEJO
Y LA A.D.ALMENDRALEJO
AYÚDALOS A CONSEGUIR
SUS OBJETIVOS DEPORTIVOS


lunes, 24 de septiembre de 2007

Comité nº 2

ACTA DEL Juez Único de Competición, nº 2 de fecha 24 de septiembre de 2007

Procedimiento de Urgencia Jornada 3ª

En Almendralejo, a 24 de septiembre de 2007, el Juez Único de Competición de la A.F.S.A., adopta los siguientes acuerdos en base a las actas de los partidos referenciados, en cumplimiento de la Normativa de Competición, declarando como hechos probados los que contienen las actas correspondientes a los partidos citados e imponiendo las sanciones a los jugadores que a continuación se relacionan, en cumplimiento de la vigente Normativa y de conformidad con los artículos que para cada uno de ellos se especifica.

LIGA A.F.S.A. 1ª DIVISIÓN

LAR DE BARROS/DISTRIBUCIONES BOMBA – BAR CASA MANOLO/PROAL
Sancionar con SEIS PARTIDOS al jugador D. Manuel González Domínguez del equipo Bar Casa Manolo/Proal, según artículo 114 a., advirtiéndole que de reincidir nuevamente en una falta contemplada en el artículo 120 del Régimen Disciplinario, quedará inhabilitado para la práctica de cualquier actividad deportiva organizada por la A.F.S.A., de dos años a perpetuidad, con equipos pertenecientes a A.F.S.A. o en su defecto con cualquier equipo foráneo que de alguna forma participe en cualquier competición organizada por la A.F.S.A.


LIGA A.F.S.A. 2ª DIVISIÓN

HOTEL DIANA VILLAFRANCA – ESTANCO AVENIDA DE LA PAZ

Sancionar con UN PARTIDO al jugador D. Joaquín Jiménez Rama del equipo Estanco Avenida de la Paz, según artículo 112 d.

Sancionar con DOS PARTIDOS al jugador D. Iván García del Puerto del equipo Hotel Diana Villafranca, según artículo 113 b.

Sancionar con UN PARTIDO al jugador D. Tomás Bote Viera del equipo Hotel Diana Villafranca, según artículo 112 c.

Notifíquese a los interesados mediante notificación en el Tablón de anuncios de la A.F.S.A., conforme a lo previsto en la Normativa de Competición, con la advertencia de que contra las resoluciones del JuezÚnico de Competición cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación de la A.F.S.A., en virtud del artículo 153 del Régimen Disciplinario.


JUEZ ÚNICO DE COMPETICIÓN A.F.S.A.

jueves, 20 de septiembre de 2007

Comité nº 1

ACTA DEL Juez Único de Competición, nº 1 de fecha 17 de septiembre de 2007

Procedimiento de Urgencia Jornada 2ª

En Almendralejo, a 17 de septiembre de 2007, el Juez Único de Competición de la A.F.S.A., adopta los siguientes acuerdos en base a las actas de los partidos referenciados, en cumplimiento de la Normativa de Competición, declarando como hechos probados los que contienen las actas correspondientes a los partidos citados e imponiendo las sanciones a los jugadores que a continuación se relacionan, en cumplimiento de la vigente Normativa y de conformidad con los artículos que para cada uno de ellos se especifica.

LIGA A.F.S.A. 1ª DIVISIÓN

INSTALACIONES Y MONTAJES FERNÁNDEZ – MÁRMOLES ALMENDRALEJO
Sancionar con UN PARTIDO al jugador D. David Fernández Calero del equipo Instalaciones y Montajes Fernández, según artículo 112 c.

BAR POLIDEPORTIVO/PUB RESERVA – CONSTRUCCIONES JUANACA
Sancionar con DOS PARTIDOS al jugador D. Iván Rodríguez González del equipo Bar Polideportivo/Pub Reserva, según artículo 112 d.

NEUMÁTICOS HERRERA – BAR CATALINO 1994 F.S.
Sancionar con UN PARTIDO al jugador D. Carlos Sánchez García del equipo Neumáticos Herrera, según artículo 112 b.

ALMACENES LALLAVE – RECAMBIOS DINÁUTO
Sancionar con CUATRO PARTIDOS al jugador D. Sergio Merchán Guay del equipo Recambios Dináuto, según artículo 113 d., advirtiéndole que de reincidir nuevamente en una falta contemplada en el artículo 120 del Régimen Disciplinario, quedará inhabilitado para la práctica de cualquier actividad deportiva organizada por la A.F.S.A., de dos años a perpetuidad, con equipos pertenecientes a A.F.S.A. o en su defecto con cualquier equipo foráneo que de alguna forma participe en cualquier competición organizada por la A.F.S.A.

LIGA A.F.S.A. 1ª DIVISIÓN B

TRANSPORTES HNOS. PEREIRA – OBRAS Y PROYECTOS RESCON

Sancionar con UN PARTIDO al jugador D. Juan Carlos Nieto González del equipo Obras y Proyectos Rescon, según artículo 112 c.


LIGA A.F.S.A. 2ª DIVISIÓN

ESTANCO AVENIDA DE LA PAZ – PLUBIAL/ROTILUX
Sancionar con UN PARTIDO al jugador D. Ángel María Gutiérrez Cuadrado del equipo Estanco Avenida de la Paz, según artículo 112 c.

Notifíquese a los interesados mediante notificación en el Tablón de anuncios de la A.F.S.A., conforme a lo previsto en la Normativa de Competición, con la advertencia de que contra las resoluciones del JuezÚnico de Competición cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación de la A.F.S.A., en virtud del artículo 153 del Régimen Disciplinario.


JUEZ ÚNICO DE COMPETICIÓN A.F.S.A.

miércoles, 19 de septiembre de 2007

Modificación horarios jornada 3ª

El siguiente encuentro ha cambiado su horario de celebración:

HOTEL DIANA VILLAFRANCA

ESTANCO AVENIDA DE LA PAZ 2007-09-22 16:00:00 PABELLÓN EXTREMADURA

Modificación de horarios jornada 3ª

Los siguientes encuentros han cambiado su horario de celebración:


GRAN ALMACÉN DEL MUEBLE/MÁRMOLES ÁNGEL

NEUMÁTICOS HERRERA 2007-09-22 17:00:00 PABELLÓN EXTREMADURA


ZAMCAR CARRETILLAS S.L.

ALUMINIOS ALVIAL 2007-09-22 18:00:00 PABELLÓN EXTREMADURA









lunes, 17 de septiembre de 2007

De vital importancia para los equipos


Esta temporada ha sido incluida en el artículo 120 del Régimen Disciplinario una modificación de vital importancia para los equipos, por lo que conlleva a los mismos y en concreto a los jugadores, técnicos o auxiliares.

La antideportividad será rigurosamente castigada por reincidencia en la misma, en especial cuando se atente contra ella con faltas graves o muy graves, o leves cuando éstas sean sancionas con cuatro o más partidos.

Esto dice el artículo 120:

“Cuando la infracción cometida por un jugador fuera considerada como grave o muy grave, o dentro de las leves fuese sancionada con cuatro o más partidos, en caso de reincidencia en las mismas, quedará inhabilitado para la práctica de cualquier actividad deportiva organizada por la A.F.S.A., de dos años a perpetuidad, con equipos pertenecientes a A.F.S.A. o en su defecto con cualquier equipo foráneo que de alguna forma participe en cualquier competición organizada por la A.F.S.A.”

Y estos son los artículos del Régimen Disciplinario que sancionan las faltas cometidas por jugadores, entrenadores, técnicos, auxiliares y dirigentes:

ARTICULO 112.
Son faltas leves, que serán sancionadas desde amonestación a cuatro encuentros de suspensión:

a) Protestar de forma reiterada las decisiones arbítrales.

b) Adoptar una actitud pasiva o negligente en el cumplimiento de las instrucciones arbítrales o desobedecer sus órdenes, así como adoptar actitudes que demoren o retrasen el inicio y desarrollo de los encuentros.

c) Dirigirse a los árbitros, componentes del equipo contrario, directivos y otras autoridades deportivas con expresiones de menosprecio, o cometer actos de desconsideración hacia aquéllos.

d) Emplear en el transcurso del juego medios o procedimientos violentos que atenten a la integridad física de un jugador, sin causarle daño.

e) Provocar o incitar al público en contra de la correcta marcha de un encuentro.

f) Expresarse de forma atentatoria al decoro debido al público, u ofender a algún espectador con palabras o gestos.

g) Incumplir o realizar distintas funciones a las que le autorice expresamente la licencia expedida, produciéndose la presencia en la cancha de juego del autor de los hechos.

h) Abandonar el banco de reservas y cuerpo técnico sin la debida autorización del anotador-cronometrador, o del árbitro en su caso.

ARTICULO 113.
Serán también faltas leves, que serán castigadas con suspensión de dos a cinco encuentros:

a) Amenazar, coaccionar o realizar actos vejatorios de palabra u obra, insultar u ofender de forma grave o reiterada a cualquier jugador, entrenador o miembro de los equipos contendientes.

b) El intento de agresión o la agresión no consumada a cualquiera de las personas indicadas anteriormente.

c) El empleo de medios violentos durante el juego, produciendo daño o lesión.

d) Desacato a la autoridad del árbitro.

e) Abandonar la cancha sin la debida autorización arbitral.

ARTICULO 114.
Serán faltas graves, que serán castigadas con suspensión de seis a doce encuentros:

a) Amenazar, coaccionar o realizar actos vejatorios de palabra u obra, insultar u ofender de forma grave o reiterada a cualquier miembro del equipo arbitral, dirigentes de club, o directivo o empleado de la A.F.S.A.

b) El intento de agresión o la agresión no consumada a cualquiera de las personas indicadas anteriormente.

c) La agresión a cualquier jugador, entrenador o miembro de los equipos contendientes.

d) El empleo de medios violentos durante el juego, produciendo daño o lesión de carácter especialmente grave.

e) Provocar la interrupción anormal de un encuentro.

f) Alineación indebida.

ARTICULO 115.
Serán faltas muy graves, que serán castigadas con suspensión de doce a veinticuatro encuentros:

a) La agresión consumada a cualquier miembro del equipo arbitral, dirigente de club, directivo o empleado de la A.F.S.A. o espectador.

b) La realización de actos que provoquen la suspensión definitiva del encuentro.

c) No emplear los medios precisos de protección para los componentes del equipo arbitral en el supuesto de que éstos sufrieran cualquier tipo de intento de agresión.

d) La intervención con mala fe y voluntariedad en los supuestos de alineación indebida de jugadores, incomparecencia de los equipos en los encuentros o su retirada de los mismos.

jueves, 13 de septiembre de 2007

Normas Reguladoras de las Competiciones 2007/2008


En la Normativa de Competición se detallan los derechos y deberes de todos los colectivos (clubes, jugadores, delegados, entrenadores, árbitros, directivos, etc.) que forman parte del organigrama competitivo de la A.F.S.A. y, en general, del desarrollo de las propias competiciones.
Hay que saber hacer ejercer nuestros derechos pero es importante también cumplir las obligaciones y deberes que nos requiera nuestra participación.


La garantía de nuestros derechos y deberes deportivos se recoge en el Régimen Disciplinario. El disfrute de cualquier derecho lleva aparejado obligaciones que hay que asumir. También hay que saber defender nuestros derechos.

Podéis descargaros las Normas Reguladoras de las competiciones 2007/2008 en formato word.

REGLAMENTOS DEPORTIVO Y DISCIPLINARIO




martes, 11 de septiembre de 2007

Circular Nº 2 -Temporada 2007/2008


CLASIFICACIÓN PARA LAS 36 HORAS

El presente documento determina la forma de clasificación para la próxima Edición del Trofeo 36 Horas de Fútbol Sala “Ciudad de Almendralejo”:

- Obtienen directamente su participación los cinco primeros clasificados de la LIGA A.F.S.A (1ª División).

- De igual forma la obtiene el Campeón de la COPA A.F.S.A., o en su defecto el subcampeón, si el campeón estuviera dentro de los cinco primeros clasificados de la LIGA A.F.S.A.

- Los cuatro equipos restantes hasta completar los diez locales que participan en el Trofeo saldrán de las siguientes cuatro eliminatorias a un solo partido,

6º clasificado Liga A.F.S.A. – 4º clasificado 1ª División B

7º clasificado Liga A.F.S.A. – 3º clasificado 1ª División B

8º clasificado Liga A.F.S.A. – 2º clasificado 1ª División B

9º clasificado Liga A.F.S.A. – 1º clasificado 1ª División B

- Si se diera el caso de que el subcampeón de copa estuviese al igual que el campeón entre los cinco primeros clasificados de la LIGA A.F.S.A., los cinco equipos que completarían los diez participantes locales saldrían de las cinco eliminatorias siguientes a un solo partido,

6º clasificado Liga A.F.S.A. – 5º clasificado 1ª División B

7º clasificado Liga A.F.S.A. – 4º clasificado 1ª División B

8º clasificado Liga A.F.S.A. – 3º clasificado 1ª División B

9º clasificado Liga A.F.S.A. – 2º clasificado 1ª División B

10º clasificado Liga A.F.S.A. - 1º clasificado 1ª División B

Almendralejo, 11 de septiembre de 2007

lunes, 3 de septiembre de 2007

Composición LIGA A.F.S.A.



ALMACENES LALLAVE

ALUMINIOS ALVIAL

BAR CASA MANOLO/PROAL

BAR CATALINO 1994 F.S.

CAFETERÍA POLIDEPORTIVO/PUB RESERVA

CONSTRUCCIONES JUANACA

DISTRIBUCIONES RAFAEL CISNEROS

EDIFICACIONES MÁRQUEZ CARO

GRAN ALMACÉN DEL MUEBLE/MÁRMOLES ÁNGEL

INSTALACIONES Y MONTAJE FERNÁNDEZ/HELVAGRES

LAR DE BARROS/DISTRIBUCIONES BOMBA

MÁRMOLES ALMENDRALEJO

NEUMÁTICOS HERRERA

RECAMBIOS DINÁUTO

TALLERES COTILLA/ELGIRA Y SÁNCHEZ

ZAMCAR CARRETILLAS S.L.